Hasta hoy se puede realizar la recategorización del monotributo, correspondiente al semestre enero-julio 2023.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) había extendido hasta el 27 de julio, inclusive, el plazo.
Los períodos de recategorización se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
Para realizar el trámite hay que ingresar al Portal Monotributo con clave fiscal. La guía Recategorización de Monotributo muestra el paso a paso de este procedimiento. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría.
Los parámetros a tener en cuenta para determinar la categoría que corresponde:
Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del monotributo, los parámetros a tener en cuenta en relación a los últimos 12 meses:
- Los ingresos brutos acumulados.
- La energía eléctrica consumida.
- Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.
- Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente
Cómo realizar la recategorización
- Ingresar a Monotributo | AFIP con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
- Seleccionar la opción "Recategorización".
- Allí, el sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos.
- Seleccionar la opción "Continuar recategorización".
- Informar el monto facturado en los últimos 12 meses.
- Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema, para determinar la nueva categoría.
- El sistema mostrará la categoría correspondiente. Verificar la información brindada.
- Si los datos son correctos, se debe hacer clic en "Confirmar Categoría". Por último, el sistema informará si la modificación se realizó de forma correcta y se podrá imprimir la credencial.
Los topes máximos de las categorías
Con la nueva actualización de las escalas, los topes máximos de las distintas categorías en base a los ingresos brutos a partir del 1 de julio de 2023 son:
- Categoría A - Ingresos brutos anuales: $1.414.762,58
- Categoría B - Ingresos brutos anuales: $2.103.025,45
- Categoría C - Ingresos brutos anuales: $2.944.235,60
- Categoría D - Ingresos brutos anuales: $3.656.604,33
- Categoría E - Ingresos brutos anuales: $4.305.799,15
- Categoría F - Ingresos brutos anuales: $5.382.248,94
- Categoría G - Ingresos brutos anuales: $6.458.698,7
- Categoría H - Ingresos brutos anuales: $7.996.484,12
- Categoría I - Ingresos brutos anuales: $8.949.911,06
- Categoría J - Ingresos brutos anuales: $10.257.028,68
- Categoría K - Ingresos brutos anuales: $11.379.612,01